lunes, 25 de junio de 2018

Sobre el retardo procesal en los tribunales y algo más


El pasado domingo, en un conocido programa de opinión se dijo que las masacres que se producen en las cárceles son culpa del retardo procesal en que incurren los jueces cuando no deciden oportunamente los juicios  y los reclusos se quedan allí varados, expuestos  a los peligros de la vida carcelaria. Esta afirmación causó un rechazo inmediato, porque es difícil pretender explicar lo que pasa en los recintos penitenciarios  echándole la culpa solo a los jueces. El problema carcelario tiene diferentes causas, y ninguna de ellas puede servir para justificar  las indignas condiciones de vida que sufre los presos y mucho menos su muerte.

El problema de la justicia tardía es tan viejo como el derecho. La ciencia jurídica está llena de máximas que pregonan  la importancia de la decisión oportuna,  y la historia es testigo de innumerables casos en que la sentencia  justa, se convierte en injusta cuando llega tarde;  cosa que hoy en día se agrava porque la velocidad de la vida del hombre contemporáneo, no acepta  la espera interminable por un mañana que tal vez nunca llegará.

Este asunto, fue tema de conversación en los pasillos de los tribunales, donde los abogados ven como se agrava el problema que denuncia el periodista en su programa de opinión. Decía un circunstante que, si no se toman medidas urgentes, la administración de justicia se va a paralizar, porque además de los problemas tradicionales, “a los tribunales los agarró la crisis del país y la cosa no es solo de flojera, sino de escasez  recursos.”

En la “conversa”  se llegó a plantear la duda de si el Estado tiene la capacidad suficiente para manejar la administración de justicia, que indiscutiblemente es una de sus funciones principales, que parece habérsele escapado de las manos al igual que la prestación de otros servicios públicos.

Ahora bien, centrándonos en el  meollo de la  cuestión, ¿por qué se produce el retardo procesal? Es fácil opinar desde afuera, limitándose a informaciones mediáticas que muchas veces se quedan al nivel de chisme o habladuría que desconoce la realidad. Es indiscutible el retado procesal que existe en Venezuela, que en ocasiones constituye una incuestionable denegación de justicia, pero esto  debe analizarse en detalle, para no caer en el pecado de la “globalización de la superficialidad contemporánea” que solo tiene ideas de titulares  twitter, Facebook o Instagram.

Voy a comenzar por lo que comentaba anteriormente de la conversación de pasillo. Los tribunales no tienen recursos suficientes para funcionar adecuadamente: hasta lo más básico como es el papel  o la tinta escasea; el ambiente de trabajo no es el mejor y  a la crispación de los justiciables se le suma el calor por falta de aire acondicionado, el deterioro del mobiliario, la fallas en los equipos de computación etc.

A lo anterior hay que sumarle el problema de la diáspora por el empobrecimiento. El personal tribunalicio al igual que el de las universidades u otras instituciones renuncia y se va a buscar  trabajo  en otro lado, haciendo que los despachos judiciales, pierdan recursos humanos importantísimos, sustituyéndose el personal capacitado por otro que  no tiene la misma experiencia y comete errores que pagan los justiciables.

Otro asunto que pude atentar contra la celeridad procesal es la lentitud sistemática: hay procesos que son indiscutiblemente lentos,  como es el caso del juicio ordinario civil,  que tiene una  duración promedio exagerada y desproporcionada en relación a lo que allí se reclama.

Como bien puede ver el lector, no es fácil establecer responsabilidades por retardo procesal  porque hay que analizar las circunstancias del caso concreto  y determinar, cuando estamos ante la imposibilidad operativa que no permite trabajar mejor, o ante la conducta culposa de los funcionarios que no cumplen su deber.

Pero hay  algo que se está produciendo y constituye una indiscutible situación de injusticia imputable a los Jueces y demás funcionarios. Si el retardo procesal es inevitable, tiene que ser inevitable para todos.   Como bien establece el artículo 15 del Código de Procedimiento Civil, los jueces deben mantener a las partes sin preferencia ni desigualdades. Decía una abogada molesta que esperaba la entrega de un expediente “Hay gente sortaria y gente empavada; hay abogados que todo les sale a tiempo,  y otros que tenemos que esperar  que al algún día nos acuerden las  cosas”.

Creo que a buen entendedor pocas palabras bastan, hay que ser comprensible con las situaciones en que se encuentra los tribunales y no pedirles lo imposible. Pero a la gente hay que atenderla por “orden de llegada, sin dejar que los vivos se coleen, como pasa en las colas de los Bancos o los supermercados”  porque aquí ya no se puede justificar los tratos desiguales.

Conclusión, el Estado tiene que enfrentar el problema del funcionamiento de la administración de justicia, con medidas eficaces que garantice un servicio de calidad, porque  la gente exige resultados. Y los funcionarios tienen que  repartir sus esfuerzos equitativamente, para ganarse  el respeto y  erradicar la idea de que,  “Solo  hay retardo para el pobre,  que lo único que lleva a los tribunales son sus razones”. -  (@zaqueoo)






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