Introducción
El tema de la violencia intrafamiliar ha cobrado importancia en la actualidad. Es un problema complejo, porque desde el punto de vista general, se refiere a los problemas de poder vivir juntos, cosa que siempre tiene sus dificultades. El progreso no parece ayudar a orientar la armonía familiar, y especialmente la de las parejas, sean matrimonios, concubinatos u otro tipo de uniones estables. ¿Por qué es tan difícil convivir? ¿cómo explicar esas noticias que diariamente nos traen los medios de comunicación, donde el hijo mata al padre por razones banales, el hermano agrede al otro hermano, o el esposo golpea o puede llegar a matar a la pareja? Las respuestas no son fáciles y buscándolas intervienen diferentes sectores de la ciencia. Por lo tanto, no faltan voces autorizadas ni numerosos estudios que no se hayan pronunciado al respecto.
Partiendo de los traumas sociales que se producen en esta materia, el derecho ha intentado presentar los remedios normativos necesarios para la prevención o para la sanción de todo lo que atenta contra la seguridad, dignidad o vida de las personas, mediante la promulgación y actualización permanente de la legislación, tanto sustantiva como adjetiva.
En la década de los años 90, ocupé el cargo de juez de familia en Ciudad Guayana. Eso me convirtió en un observador de la vida, y me permitió entrar en contacto con una realidad que es muy difícil ver, porque las verdaderas razones de las crisis de parejas, normalmente quedan ocultas en una intimidad, que en la mayoría de los casos, no quiere ser revelada al acudir a un tribunal.
Independientemente de lo que se decía en las demandas o contestaciones, me enteraba de la verdad, porque en las entrevistas que tuve con los involucrados, me contaban con lujo de detalles lo que había sucedido para que su relación terminara ante un juez de familia. En esto, debo reconocer que, eran las mujeres, más que los hombres, las que no tenían ningún tipo de escrúpulos en narrar detalladamente lo que hacía la vida insostenible
Lo que voy a contar no son especulaciones en abstracto, fueron hechos alegados en los expedientes, sustanciados, con motivo de juicios de divorcio, o particiones de comunidades, en momentos en que estaba vigente la idea del divorcio sanción y quien quería demandar la ruptura del vínculo matrimonial, tenía que invocar una causal como motivo de disolución, que era la única forma de que la demanda fuera admisible y la sentencia declarada con un lugar.
Para ordenar mis recuerdos y no perderme en una dispersión de ideas, he dividido esta breve reflexión en dos partes: la primera sobre los deberes y derechos de los cónyuges, y las causales de divorcio en los juicios de ayer, y la segunda, comparando lo vivido hace más de 25 años y lo que estamos viendo en la actualidad
Estoy consciente de qué voy a tratar cosas que pueden dar lugar a otros artículos. Este es un primer intento de abrir un espacio de discusión sobre un problema humano que muchas veces escapa de la óptica de los especialistas, sobre todo de los juristas, porque la manera de vivir en pareja no puede reducirse a un simple objeto de estudio, es una realidad social que debe ser tratada y comprendida desde el derecho, la antropología, la historia y especialmente desde la ética
PRIMERA PARTE:
PROBLEMAS DE LAS PAREJAS DE AYER
Antes de la publicación de la sentencia que estableció el criterio del divorcio por desafecto, estaba vigente la idea del divorcio sanción, que era un juicio contencioso donde uno de los cónyuges reclamaba la disolución del vínculo matrimonial invocando una causal de las establecidas en el artículo 185 del código civil. Las crisis que terminaba en los tribunales estaban relacionadas con la violación de los deberes conyugales establecidos en el artículo 137 del código civil. En aquel escenario, los viejos jueces de familia tenían que conocer de las denuncias que hacía un cónyuge contra el otro y determinar si ciertamente estaba demostrado que existía un problema que hacía insostenible la vida en común. Voy a referirme a lo que conocí en mi experiencia personal, sobre la forma en que se presentaba ante los juzgados los numerosos juicios de divorcio.
los deberes conyugales
Establece el artículo 137 del código civil, que: Con el matrimonio el marido y la mujer adquiere los mismos derechos y asume los mismos deberes. Del matrimonio deriva la obligación de los cónyuges de:
• vivir juntos,
• guardarse fidelidad y
• socorrerse mutuamente.
El primer deber que deriva tanto de la unión matrimonial, como de las que pretendan formar una pareja estable, es vivir juntos. Ahora bien, qué significa vivir juntos. Equivocadamente sostenía la doctrina y la jurisprudencia que la convivencia se producía habitando bajo el mismo techo, cosa absurda ya que la vida es mucho más que la cohabitación. Viven juntos, quienes tiene un proyecto de vida común, y en ese proyecto siempre está presente el otro.
El deber de fidelidad se refiere no sólo a no tener relaciones sexuales con una persona diferente, no era sólo el problema del amante, se trataba de no engañar, manteniendo relaciones privadas o públicas con otras personas, afectando la unidad del matrimonio, como era el caso de mantener paralelamente concubina publica y notoria
El deber de socorro mutuo debía entenderse en sentido amplio, como el acompañamiento y la atención en toda situación o necesidad, en que un cónyuge requiera del otro. Esto debe ir más allá de la tradicional “pensión de alimentos”, que no se refería solo a lo económico, debe ser apoyo material y moral.
Voy a citar algunos casos para explicar de qué manera se denunciaban ante el tribunal la violación estos deberes de los cónyuges establecidos en el código civil.
El abandono voluntario
Una las causales de divorcio que más se invocaba en aquellos años, era el abandono voluntario, considerando equivocadamente que este se producía, sólo cuando uno de los cónyuges abandonaba el hogar común sin una razón justificada. Inclusive, sólo con la autorización del juez de Familia podía uno de los cónyuges separarse del hogar común ya que de lo contrario podía ser demandado en divorcio por abandono.
Esta interpretación fue abandonada poco a poco por la jurisprudencia, definiendo lo que significa vivir juntos qué es mucho más que simplemente cohabitar, porque se puede cohabitar y no tomar en consideración a la pareja para nada. Esto se presentaba reiteradamente en numerosos casos de ruptura de pareja, cuando la indiferencia hacia el otro, y especialmente hacia la mujer, se hacía insoportable.
El abandono se invocaba, repetidamente como causal de divorcio para ocultar otros motivos más vergonzosos que muchas veces no quería el cónyuge demandante que llegara al conocimiento del resto de la familia.
Se puede sostener que, el divorcio por desafecto, tan común en este tiempo, puede tener algunas semejanzas con aquella vieja causal de abandono, que se invocaba, Cuando se perdía totalmente el vínculo sentimental necesario para la unión de la pareja
Los excesos que hacen imposible la vida en común
Al lado del abandono voluntario, cuando la situación era insostenible por la conducta de alguno de los cónyuges, se invocaba como causal los excesos que hacían imposible la vida en común. Aquí no se pretendía ocultar las verdaderas razones de la crisis, sino que se exponían para solicitar medidas cautelares de protección.
Destaco en primer lugar, las circunstancias nocivas que producían las adicciones. Sobre esto se podían observar dos tipos de adiciones: las graves tradicionalmente conocidas como la adicción al alcohol o a las sustancias estupefacientes a que se refiere la causal número cinco de divorcio, y otras adiciones menos graves pero que igualmente alteraban la vida en común, como la adicción al sexo, que desequilibra una unión familiar, y tenía como forma de manifestación, la obsesión por la pornografía, o frecuentar lugares de striptease o burdeles que abundaban en la ciudad.
Igualmente aparecía como elemento perturbador la adicción al juego que no solo apartaba al cónyuge de sus obligaciones familiares durante un tiempo considerable, sino que también ponían en peligro el patrimonio familiar
Menos frecuentes, aunque de mayor gravedad se presentaba las humillaciones al cónyuge, especialmente hacia la esposa llegando al menos precio verbal o maltrato físico no sólo privadamente sino también en forma pública
Estilos de vida incompatibles
Había problemas conyugales que se alegaban, pero no se les daba la importancia que tenían por considerarlos de menor importancia. Se destacaba la manera de ser de ser diferente. En un caso específico encuadrándolo en la causal tercera de los excesos la cónyuge solicitaba el divorcio por considerar imposible convivir, porque si bien su esposo no la trataba mal ni la desatendía tenía, según sus dichos la mala costumbre de no hacer respetar la intimidad familiar y constantemente compartía con sus amigos, tomando tragos, jugando truco, viendo eventos deportivos por la televisión, sin tomar en consideración el malestar que le producía que personas extrañas a cualquier hora utilizarán su baño o sus habitaciones. Al lado de lo anterior se invocaba como desatención a deberes conyugales lo referente a la higiene personal, la limpieza del hogar etc.
Leyendo con detenimiento, la manera en que se redactaba los hechos, se podía apreciar la dificultad de formar pareja entre personas que no tenían costumbres de vida culturalmente compatibles. Esto se observaba no sólo entre parejas de familias de nacionalidad distinta, sino entre miembros de diferentes sectores de la ciudad e inclusive de diferentes clases económicas.
Las infidelidades
La infidelidad era un motivo oculto, porque si bien era la causa real el conflicto matrimonial no se alegaba por la dificultad de probar la relación íntima del cónyuge con otra persona. No obstante, en los pocos casos que se invocó la causal primera del artículo 185 del código civil, se fundamentaba como hecho el reconocimiento de los llamados hijos adulterios, es decir los que procreaba uno de los cónyuges con otra persona ajena al matrimonio o la existencia de una relación concubinaria pública y notoria.
Igualmente, y como motivo de infidelidad que sustentaba la causal de adulterio recuerdo un caso en que el demandante alegaba que la esposa mantenía contacto mediante cartas amorosas con otra persona, en las que con niveles de detalle se describía una relación íntima.
Uno de los casos más extraños, quizá el único que recuerdo en que el avance tecnológico se veía involucrado en una causa de adulterio, fue el de un esposo que no podía procrear, demandó por adulterio a la esposa que se practicó una inseminación artificial, sin su consentimiento para salir en estado
La violación al deber de guardarse fidelidad es una de las causas más comunes. Como expliqué en el párrafo anterior, no aparece repetidamente entre los motivos de divorcio. Ya que, tanto en el pasado como en la actualidad, el cónyuge ofendido invoca como causa de la pretensión de ruptura matrimonial el desafecto, para no exponer a los ojos de su familia e inclusive del círculo de allegados un motivo tan vergonzoso
El desamparo
Uno de los motivos más delicados, pero poco invocados es la violación del deber del socorro mutuo. Esto se producía cuando la necesidad de uno de los cónyuges era ignorada por el otro al no suministrarle ni la atención ni los recursos necesarios para enfrentar una enfermedad o cualquier otra situación apremiante Esta situación, guarda relación con la polémica causal de divorcio número 7 del citado articulo 185, que establece como motivo de divorcio la enfermedad mental del cónyuge, cosa que a juicio de muchos interpretes, es algo inhumano e injusto, por que en esa situación el conjugue no debe ser abandonado por su pareja.
SEGUNDA PARTE:
LOS PROBLEMAS DE LAS PAREJA DE HOY
Los juicios de divorcio tal y como los he contado en la primera parte, se puede decir que ya no existen. El Tribunal Supremo de Justicia por vía jurisprudencial cambia el sentido de los procedimientos tendientes a la disolución del vínculo matrimonial. Considera que cuando el afecto que une a la pareja desaparece, no tiene sentido mantener la relación. Así, basta invocar el desafecto para que el Tribunal de manera rápida con citación de la otra parte decrete la sentencia de divorcio.
Ahora ya no es necesario que el demandante invoque uno de los hechos que mencioné anteriormente y tenga la desagradable necesidad de demostrarlo, llevando a juicio a personas allegadas que, conociendo los problemas de la vida matrimonial, declaran ante el juez, evidenciando la mala conducta de uno de los cónyuges, que fue la causa del fracaso del proyecto matrimonial.
Antes el divorcio era un juicio ante un funcionario especializado como era el juez de Familia, que muchas veces tenía estudios de posgrado en los temas que debía atender en el juzgado. Ahora el divorcio es un trámite. No hay problemas probatorios, basta con alegar el desafecto para que en menos tiempo que en el pasado, los cónyuges, o el cónyuge demandante se libere de la carga que constituye una relación obligada. Lo único que no resuelve el desafecto es el problema de la condenación a presidio o la enfermedad mental.
Ahora los problemas conyugales no se ventilan ante los tribunales, los encargados de ellos son los coaching en materia de familia, psicólogos o psiquiatras de acuerdo con la gravedad del caso. Los especialistas en relaciones o terapistas de conducta sustituyen a los especialistas en conflictos. Esto es lo que pareciera, aunque no es del todo como parece.
Los antiguos jueces de Familia tenían que atender conflictos conyugales prácticamente irreversibles; si bien es cierto que en separación de cuerpo o juicios de divorcio instaban a la reconciliación, esto fue desapareciendo poco a poco, porque la mayoría de los casos cuando el problema entraba al conocimiento del funcionario judicial la relación ya no tenía remedio; lo único que quedaba pendiente era determinar quién era el responsable de la ruptura, porque sólo en casos excepcionales se declaraba sin lugar un juicio de divorcio.
Hoy aparece nuevas leyes, y nuevos tribunales que se encargan de atender los problemas que produce la llamada violencia intrafamiliar. No es el tema que he querido abordar porque no es mi especialidad y prefiero que sean los jueces y fiscales de ayer y hoy en materia penal los que expongan sus opiniones sobre el progreso o el retroceso de las relaciones de pareja. Aquí simplemente me he dedicado a contar lo que se vivía en el pasado en la jurisdicción civil y la forma como se vive en la actualidad.
¿Esto es mejor o peor? Depende cómo se vea: ahora la pareja que se divorcia no se ve en la obligación de revelar ante terceros los problemas de su intimidad. Igualmente, no hay que esperar mucho tiempo para que se disuelva el vínculo matrimonial y las personas divorciadas puedan reorganizar sus vidas.
Pero no todo es bueno. Los argumentos que sostienen la tesis del desafecto son marcadamente individualistas y pragmáticos: se fundamentan en la indiscutible afirmación de qué “no se puede obligar a nadie a llevar una vida que no desea”. Eso está bien. Pero si se quiere vivir así, antes de casarse tendría que pensarlo dos veces y no involucrar a otra persona en su vida, para decirle el día de mañana que ya no la quiere y que deben separarse sin tomar en consideración el efecto económico o psicológico que puede causar en el otro. En este sentido y dejando claras las virtudes que tiene el divorcio por desafecto se debe reconocer que puede causar muchas injusticias en perjuicio de la parte más débil en la relación matrimonial.
En cuanto a los problemas de pareja que existe en la primera parte de este escrito, estos no han desaparecido; muchos se han incrementado por efecto de la globalización contemporánea. En la década de los 90 cuando se producen los hechos narrados con anterioridad, ciudad Guayana era una ciudad, que a pesar de su modernidad y promesa de progreso no dejaba de ser una ciudad del interior del país, con sus costumbres y sus tradiciones que se reflejaban indiscutiblemente en la madera en que se formaban las familias, por los tradicionales matrimonios o concubinato. Hoy las cosas han cambiado: el estilo de vida no es el mismo, las necesidades no son las mismas; como como decía la gente de ayer, especialmente la clase trabajadora de la zona hierro: “con un hogar donde esperara una buena esposa, un buen sueldo para atenderla a ella y a los hijos y tiempo libre para ver la televisión ya se vivía feliz” (léase Algunas Maneras de no Hacer Nada, de Tomás Eloy Martínez). Hoy las cosas han cambiado totalmente: la vida es complicada, tiene mas necesidades y muchos mas problemas que enfrentar. Y así, mantener una relación es difícil. Por eso surge la tesis del ocaso de la familia occidental.
Para profundizar en este punto necesitaría más espacio y prefiero dejarlo para otra oportunidad. Pero no quiero terminar sin decir algo más: aunque se me tilde de conservador, sigo creyendo que el matrimonio es una comunidad de vida, y como tal, su origen es natural, aunque se perfeccione jurídicamente; la voluntad no puede estar por encima de la naturaleza. Por lo tanto, a pesar de las nubes que oscurecen el futuro de las relaciones de pareja, el sentimiento que las originan y las mantienen siempre existirá, por encima de la deshumanización de la vida contemporánea.