martes, 1 de septiembre de 2026

La agonía del Derecho III: La lentitud de la justicia

 

El 15 de julio de 1976, en una conferencia pronunciada en la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, el magistrado del Consejo de la Judicatura Gonzalo Rodríguez Corro recogía las críticas que se le hacían a la administración de justicia en aquellos momentos en estos términos:

«Se dice que nuestra justicia no es eficaz, porque es lenta; que no es recta, porque es complaciente; que no es íntegra, porque es discriminatoria y desigual; que no es confiable, porque está politizada; que no es serena, porque es apasionada; que no es creativa, porque es rutinaria; que no tiene un nivel destacado de formación jurídica y, finalmente, que su rostro resulta desagradable, porque no es simpática».

Hoy, 50 años y un mes después, se puede afirmar que esas críticas todavía permanecen vigentes. Sin embargo, hay algo que precisar: aunque tradicionalmente se atribuye la lentitud de la administración de justicia a la obsolescencia de los procedimientos, la realidad es más compleja. Veamos los siguientes ejemplos.

En 1987 se reformó el Código de Procedimiento Civil de 1916 buscando acelerar los juicios, pero la historia demostró que de nada vale cambiar las normas si no se modifica la mentalidad de quien las aplica; la reforma fracasó y se le atribuyó el revés al pecado de mantener el procedimiento escrito en vez de acoger la oralidad. No obstante, el problema continuó. En 1999 se promulgó con gran expectativa una nueva constitución que estableció la oralidad para todos los procedimientos judiciales (quedando pendiente el vetusto procedimiento civil). A pesar de ello, la cosa no resultó como se esperaba: los jueces difieren las audiencias de manera casi indefinida e interminable y la justicia sigue siendo lenta, a pesar de la oralidad.

No se trata solo del sistema procesal, es el ser humano que lo aplica. Y voy a poner un ejemplo en el que me vi involucrado dentro del sistema tradicional: en una oportunidad, siendo juez, me llamó por teléfono un magistrado de otro país para preguntarme si yo había dictado un régimen de visitas para el hijo de una pareja que en ese momento planteaba un problema en su presencia. Le expliqué que, de acuerdo con nuestro procedimiento, esa no era la forma de solicitar información a un tribunal y que debía enviar, por lo menos, un oficio. Me contestó de manera cordial y tajante: «No me sirve, ellos están aquí y yo tengo que decidir ahora».

Creo que para buen entendedor el ejemplo basta. El problema de la lentitud no es solo un asunto de códigos, sino de la actitud humana ante la urgencia real del ciudadano. Un juez burócrata se escudará eternamente en el formalismo y el sello; un juez con verdadera vocación de justicia buscará el cauce legal para resolver sin dilaciones innecesarias.

En consecuencia, es verdad que hay procedimientos obsoletos que hoy son manifiestamente inútiles, pero lo más importante siempre será la actitud del operador de justicia: un buen juez aplica eficazmente hasta los procedimientos malos, y un mal juez echa a perder los mejores procedimientos.

lunes, 31 de agosto de 2026

La agonía del Derecho (II): El lastre de la justicia decimonónica

El rechazo al progreso jurídico es la segunda causa de la agonía del derecho. Si bien es cierto que se reconoce que el derecho, y principalmente los procesos judiciales, no están adecuados a las necesidades del hombre contemporáneo, unos pocos se resisten a la modernización y prefieren que las cosas sigan como están para no perder su tradicional "zona de confort", pensando más en su comodidad que en el beneficio de la sociedad. 

La llamada obsolescencia procesal es un problema de muy vieja data. Un ejemplo claro está en el libro de Luis Muñoz Sabaté, Técnica probatoria, publicado en 1967, donde dice —palabras más, palabras menos— que «el ciudadano de a pie, al entrar a un tribunal, siente como si hubiera retrocedido en el tiempo a épocas medievales, obligado a someterse a un procedimiento lento y muchas veces inútil, por estar al margen del ritmo que exige la vida contemporánea». 

La defensa de la llamada justicia decimonónica quedó de manifiesto cuando se discutía el proyecto de Código de Procedimiento Civil hacia la década de 1980. El destacado jurista Arístides Rangel Romberg, en un artículo publicado en el diario El Universal el 18 de agosto de 1985, denunció que algunos abogados que participaban en el debate público se oponían a que los medios de prueba libres se incorporaran al nuevo sistema procesal, invocando para ello criterios de ilustres juristas publicados en 1840, que ya habían sido abandonados por los avances de la ciencia procesal. 

El respeto por esta cultura decimonónica fue el responsable, en buena medida, de que en la reforma del Código de Procedimiento Civil de 1987 no se incorporara la oralidad, tal y como se reconoce en la exposición de motivos del mencionado texto legal: «[...] también se consideró que, si bien nuestro Código de Procedimiento Civil vigente adolecía de muchos defectos que impedían una justicia rápida y leal, dichos defectos no eran de tal entidad que justificaran el abandono de un sistema que, por su vigencia de más de 50 años en Venezuela, formaba parte de una mentalidad jurídica y técnica de los jueces y abogados de nuestro país, difícilmente desechable para adoptar un sistema diferente sin raíces en la cultura jurídica venezolana». 

Lo malo es que esa "cultura jurídica venezolana", como bien la llama la exposición de motivos, es tan fuerte que ni siquiera los avances de la reforma de 1987 fueron acogidos. El doctor Jesús Eduardo Cabrera, reconocido jurista nacional, en las Jornadas de Derecho "Domínguez Escobar", celebradas con motivo de los 10 años de la entrada en vigencia del Código de Procedimiento Civil que comentamos, denunció entre otras cosas que los cambios en el sistema de medios de prueba no habían resultado como se esperaba, ya que las llamadas pruebas libres prácticamente no se promovían en los procesos judiciales. Cosa que hoy en día no ha cambiado, porque no hace falta una revisión profunda para comprobar que los medios de prueba más utilizados en los juicios son los legales, es decir, los tradicionales. 

Prueba más evidente de la forma en que se rechaza la modernización de la justicia la vivimos con el expediente telemático en tiempos de pandemia, creado por la Sala de Casación Civil mediante resolución 05-2020. Se estableció allí un despacho virtual que, sin ser perfecto, permitió la continuidad del servicio de justicia a distancia. No voy a desarrollar en detalle todo el contenido de la nombrada resolución; sólo quiero destacar que en ella se creó el diario digital, que obligaba a los jueces a publicar todas las actuaciones que se realizaban en su tribunal al terminar el día, para que cualquier interesado las pudiera consultar ingresando en la dirección web del despacho. Esto fue tan importante que, en un programa de televisión, un abogado invitado afirmó que con el procedimiento virtual la justicia venezolana había entrado en el siglo XXI. 

Lamentablemente, al cesar la pandemia —sin analizar las bondades del mencionado despacho virtual— se abandonó esta herramienta, regresando entonces al tradicional procedimiento que, como dijo Luis Muñoz Sabaté en la obra comentada al inicio de este texto, hace que el hombre de hoy se sienta orgulloso de los avances de las diferentes disciplinas científicas, muy especialmente de la tecnología; sin embargo, en lo que se refiere a los procesos judiciales, estos le parecen «armatostes medievales que no responden a las necesidades de la vida moderna»

sábado, 29 de agosto de 2026

La agonía del Derecho: el gran dilema


Hace 26 años escribí un artículo en el diario Correo del Caroní, de Ciudad Guayana, que titulé «La agonía del Derecho». Allí aclaré que utilizaba el término agonía en el mismo sentido en que lo hizo Miguel de Unamuno en su libro La agonía del cristianismo: no como la antesala de la muerte, sino como la lucha permanente por mantener la vida. Y a eso quiero referirme aquí: a la lucha constante del Derecho por intentar cumplir los fines que la sociedad espera de él —como brindar justicia, bien común y seguridad jurídica—, metas que no ha logrado alcanzar a cabalidad. 

Esta lucha u agonía obedece a diversas causas, pero existen tres que se han mantenido en el tiempo sin que hayan podido resolverse: la primera es la tensión, muchas veces inconciliable, entre dos de sus fines fundamentales: la justicia y la seguridad jurídica; la segunda es la incapacidad cultural para asimilar el necesario progreso judicial; y la tercera es la imposibilidad material de atender eficazmente el retardo procesal para satisfacer a tiempo las necesidades de los justiciables. 

Me referiré en esta entrega a la primera manifestación de esta agonía: aquella que ocurre cuando, por una parte, se sostiene que el Derecho debe ser justo y responder a los valores superiores que sustentan el ordenamiento jurídico y, por la otra, se exige el cumplimiento de la seguridad y la certeza jurídica, las cuales solo se garantizan cuando la norma se aplica de manera inexorable y obligatoria. 

El problema no es sencillo, pues se afirma que el Estado que renuncia a aplicar una norma alegando que esta no es justa, carece de un verdadero Estado de derecho. Nos enfrentamos así a un complicado dilema: ¿se debe cumplir la norma injusta para garantizar la certeza jurídica, o se debe desacatar con el riesgo de caer en la anarquía? 

Aquí cabe recordar la célebre frase atribuida a Goethe: «Prefiero la injusticia al desorden», un dilema debatido ampliamente por juristas como Gustav Radbruch. Indiscutiblemente, la aplicación rígida de la norma puede conducir en ocasiones a soluciones injustas o absurdas; sin embargo, si se le despoja del carácter de obligatoriedad e inexorabilidad que le es propio, corremos el peligro de que el Derecho mismo desaparezca. 

A menudo se pretende dar prioridad a la justicia y al bien común, relegando la seguridad jurídica a un segundo plano por considerarla algo secundario o circunstancial al contexto de aplicación. Sin embargo, el tema se complica en la actualidad, pues el desarrollo económico y social exige certeza en el cumplimiento de las reglas del juego. Sin seguridad jurídica, los ciudadanos que emigraron no regresarán al país ni vendrán las inversiones indispensables para reactivar la economía. En el caso venezolano, si bien es cierto que la seguridad jurídica aparece mencionada de forma explícita en un solo artículo de la Constitución (el relativo al sistema económico), esto nos demuestra que, si bien la seguridad debe ser garantizada a todos los ciudadanos en todos los ámbitos, sin ella la economía simplemente no puede funcionar. 

Conversaba recientemente con un abogado amigo y le comentaba, con cierta frustración, que ante nuestra realidad pareciera que hay que darle la razón a Hans Kelsen cuando definía la justicia como la mera adecuación del comportamiento ciudadano a las leyes establecidas en la sociedad. Él me replicó de inmediato que tal postura es peligrosa, pues bajo ese criterio las leyes de los regímenes totalitarios tendrían que cumplirse obligatoriamente. 

Allí radica el fondo del problema. Por eso agoniza el Derecho: mientras no se logre conciliar la adecuación de la norma con los valores superiores que con ella se pretenden realizar, y al mismo tiempo no se garantice su cumplimiento obligatorio, estaremos muy lejos del anhelado Estado de derecho que pregonamos, pero que en la práctica parece alejarse cada vez más de la realidad. 

Mientras tanto, se mantiene el dilema, ¿qué será preferible la injusticia o la inseguridad y el desorden? Lo malo es tener que vivir las dos cosas al mismo tiempo.


 

viernes, 2 de enero de 2026

Cuentos de la justicia: Antonio, el mecánico ingenuo

Antonio, mejor conocido como Toño en el barrio, se apasionó desde pequeño con el oficio de la mecánica. Comenzó como ayudante de un viejo que se dedicaba a reparar los vehículos d oke los vecinos en el estacionamiento de su casa. Después se independizó y, en un pequeño galponcito que le arrendaron por una módica suma, montó su taller, donde con el tiempo, ganó fama por la destreza que tenía para arreglar vehículos averiados, muchas veces bastante viejos y deteriorados.


Un buen día, se apareció un hombre con un carro de modelo reciente al que se le había presentado un problema difícil de resolver porque no se le encontraba la falla. Toño, después de revisar el vehículo, descubrió  la falla y la reparó en medio día. El hombre volvió a los pocos días y le propuso un negocio: le dijo que él tenía un taller que no estaba bien gestionado, porque las personas que estaban al frente del mismo no eran muy conocedoras del oficio, proponiéndole a Antonio que se encargara del mismo. Ya que el local tenía todo el equipamiento necesario, él le pagaría un porcentaje por las reparaciones que se realizaran.


La cosa funcionó a la perfección y al conocimiento de Toño se le sumó la buena calidad de las herramientas con que contaba, así que en poco tiempo el taller adquirió fama y se convirtió en un negocio próspero. Cuando todo marchaba viento en popa, el dueño se le acercó y le dijo que él quería viajar para instalarse en otro lugar y le propuso alquilarle el taller por una razonable cantidad, y que Toño se dedicara a explotar el negocio.


Y así estuvo por un tiempo hasta que, sorpresivamente, apareció un tribunal para secuestrar el local por falta de pago. Toño tenía que pagar puntualmente los últimos días de cada mes y por alguna circunstancia se había atrasado un poco, al igual que en otras oportunidades en que ese asunto no había pasado a mayores, porque Toño siempre honró su compromiso. Pero esta vez, sorpresivamente, el tribunal, dirigido por un riguroso abogado, se presentó en el lugar y no atendió ninguna solicitud de acuerdo. Secuestró el local y a Toño lo mandaron otra vez para su barrio.


Trató de comunicarse con el amigo que le había hecho la propuesta de negocio, pero fue imposible: el hombre se había ido del país, dejando encargado a un familiar y un abogado que se caracterizaban por ser inescrupulosos en asuntos de negocios.Consultó el problema con otro especialista en leyes, y este le dijo que lamentablemente no tenía razón, porque si bien el comportamiento del arrendador era una desproporción inmoral, así era la ley.


Dejó la cosa de ese tamaño, sin que el mal trago se le pasara rápidamente, y volvió a trabajar en su galponcito del barrio. Así estaba cuando se le acercó un vecino con un empresario de la ciudad, quienes, conociendo las habilidades de Toño y el problema que había tenido, le plantearon hacer una sociedad donde el empresario sería el presidente y él, el vicepresidente. Querían instalar un moderno taller que pudiera cubrir la necesidad de servicios especializados en la ciudad.


A Toño le pareció una buena propuesta y así estuvo trabajando de manera provechosa, ya que a su destreza y conocimiento se le sumaba su gran responsabilidad. Todo iba muy bien hasta que un día, leyendo el periódico mientras tomaba el café de la mañana, observó un aviso donde el presidente de la sociedad invitaba a una asamblea para aumentar el capital de la misma. Inmediatamente le preguntó de qué se trataba y por qué de esa asamblea sin consultarle. Este, restándole importancia, le dijo que no era nada anormal, que había que aumentar el capital porque había operaciones financieras que lo exigían.


Como el gato quemado huye del agua caliente, Toño fue a consultar con el mismo abogado que le dio la respuesta frustrante de su primer fracaso societario, y este, frunciendo el ceño, le dijo: "¿Tú tienes dinero para aumentar el capital? Eso puede ser una operación de buena fe, pero es la típica jugada para dejar sin poder a un socio, convirtiéndolo en accionista minoritario, y después sacarlo cuando le interese al dueño de todas las acciones que, de paso, en tu caso, sería el presidente."


Después de unos días de largas cavilaciones, Toño recogió sus cosas y volvió a su barrio, a pesar de que su socio trataba de convencerlo de que eso no era necesario. Y así volvió a ser el modesto mecánico que se limitaba a reparar vehículos cobrando por su trabajo, con lo que sacó adelante su familia, educando a sus hijos que se convirtieron en profesionales.


Bordeando los años 70, su hija menor, que estudió la carrera de Economía, le preguntó el por qué no había trabajado más organizadamente, fundando una empresa formal. Toño se le quedó mirando y dijo: "Hija, hay ambientes que no son buenos para la gente que está acostumbrada a vivir honestamente, sin estar todo el día preocupado porque siempre hay alguien que lo quiere fregar. Hay gente que vive de su trabajo, yo soy uno de ellos, pero hay otros que no viven de eso, se especializan en fregar a los demás, escondiéndose detrás del derecho y las organizaciones empresariales. Los abogados siempre me advirtieron que una cosa es la moral y otra es el derecho... yo eso se lo dejo a los estudiados y organizados, que saben mucho de leyes, y  de traicionar la amistad y la confianza, de personas ingenuas cuando hay plata de por medio”